El drama de los municipios que se manejan como feudos
A pesar de estar viviendo en pleno Siglo XXI, es dramático observar que todavía existen gobiernos locales que manejan a los municipios como se administraban las comunidades en las épocas de los señores feudales.
Con la excusa de la pandemia del COVID-19, casos como el de Formosa se replicaron a nivel municipal en la Provincia de Corrientes, lo que nos llevó a interponer distintas acciones de hábeas corpus – totalmente ad honorem – desde Guillermo Chas & Asociados.
Luego de una escalada de apelaciones que llevó las actuaciones ante el Superior Tribunal de Justicia, la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Electoral de Corrientes consideró que las restricciones impuestas por una emergencia sanitaria no pueden violar los derechos y garantías constitucionales ni los principios de proporcionalidad y razonabilidad, ordenando respetar la jerarquía normativa prevista en el Artículo 31 de la Constitución Nacional.
El caso planteado se convirtió en testigo a nivel provincial, destacándose un voto del Ministro Eduardo Panseri quién resaltó que el miedo ocasionado por una situación de emergencia no puede suspender el ejercicio de la Constitución.
“La pandemia puede traer miedo, terror o el pánico; pero las autoridades tienen la obligación constitucional de defender los derechos individuales y/o colectivos; y con el pretexto del miedo no pueden cercenar libertades”.
Voto del Dr. Eduardo Panseri en la causa Recurso de Apelación interpuesto por el Dr. Chas Guillermo Patricio en Autos Nro. Z06 2205/20.
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